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ENTREVISTA
CON CARLOS SLEPOY
"Para
que no puedan andar libremente por el mundo"
Es abogado de la Acusación Popular en el procesamiento de
los ex represores argentinos Ricardo Cavallo y Adolfo Scilingo
en la Audiencia Nacional de Madrid, España. Dice que no
existe “justicia colonialista” ni se atenta contra la
soberanía por juzgar los crímenes de lesa humanidad en
tribunales extranjeros. Considera que durante el actual
gobierno de Néstor Kirchner los pedidos de extradición se
definirán en la Justicia y que se anularán las leyes que
protegen a los acusados. “Es un proceso irreversible”,
sentencia Slepoy.
Por Jairo Straccia
¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que señala el
juez Baltasar Garzón para sostener que los tribunales de España
tienen competencia en los crímenes cometidos en Argentina
durante la última dictadura militar?
La competencia de la justicia española para entender en
este asunto deviene –en esta última etapa de la legislación
española- del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial donde se establece que la competencia de los
tribunales españoles se extiende a determinados supuestos
además del caso de la jurisdicción territorial. Hay
competencia de la justicia española cuando un delito es
cometido por un ciudadano español en el extranjero y no es
juzgado; hay competencia española cuando se comete un delito
en el extranjero por el cual se ven afectados intereses del
Estado español, de la corona española; y finalmente hay
competencia española cuando se cometen delitos que afectan a
la comunidad internacional, y entre éstos, los delitos de
genocidio y terrorismo, además de otros relativos al tráfico
de drogas y a la prostitución. Por ende la competencia de la
justicia española deviene en principio de la legislación
interna. Esto viene de distintos tratados internacionales que
o bien establecen la obligación de establecer este tipo de
competencias jurisdiccionales, o bien de autorizaciones dadas
por tratados internacionales. Por ejemplo, la Convención
contra el Genocidio compromete a todos los firmantes a que
incorporen en sus legislaciones la figura de genocidio y
penalidades adecuadas para perseguirla. La Convención contra
la Tortura establece una serie de pautas de jurisdicción y
autoriza además a cada Estado a que incorpore a su legislación
una jurisdicción más amplia si lo considera pertinente para
perseguir este delito.
Por tanto y en síntesis, la competencia española viene
derivada del principio de jurisdicción universal para la
persecución de determinados crímenes, para los cuales es
indiferente la nacionalidad de las víctimas, es indiferente
que el delito afecte al Estado del que se trate, porque es la
naturaleza del crimen lo que determina el carácter de la
jurisdicción.
Aquellos que se oponen al procesamiento de militares
argentinos en tribunales extranjeros, así sea por crímenes
de lesa humanidad, aducen que esto produciría un “caos jurídico”[i],
donde se podría juzgar dos veces a una misma persona por la
misma causa. ¿Cuál es su posición al respecto?
En primer lugar, ninguna persona que haya sido juzgada en
otro lado puede ser juzgada por los mismos hechos. Pero acá
no se están persiguiendo personas que ya han sido juzgadas
para volverlas a juzgar. Acá se está llenando un vacío de
jurisdicción determinado por una situación de impunidad.
En segundo lugar, el “caos” no es que se persigan estos crímenes,
sino que dejen de perseguirse. La reflexión es la siguiente:
en cualquier Estado existe un aparato represivo y
policial-judicial destinado a perseguir el crimen, entre otras
funciones muy importantes. Esto se cumple mejor o peor, según
la eficacia que tenga, pero el designio es ése y
efectivamente el delito ordinario se persigue.
Asimismo, esas mismas voces que están en contra de estos
juzgamientos, sostienen que la intervención de la Justicia de
otros países atenta contra la soberanía[ii]
de, en este caso, Argentina.
El gran drama que tiene la humanidad es que no se
persiguen los delitos que se cometen desde el Estado, porque
desde luego no se van a juzgar ellos mismos mientras cometen
el delito, y después porque consiguen imprimir el miedo, o
imprimir la complicidad, por lo que el 99 por ciento estos crímenes
queda impune.
¿Cómo resuelven los seres humanos este problema? Se ha
empezado a desarrollar una serie de instrumentos
internacionales por un mecanismo que podríamos denominar de
“cesión de soberanía”. Los Estados empezaron a
establecer que para determinados crímenes debería existir
una jurisdicción superior a la de los Estados y que había
compromiso para perseguir determinados crímenes. Por lo tanto
cuando se persiguen determinados crímenes no se está
atentando contra la soberanía de ningún Estado. En realidad,
cuando un Estado incumple los tratados internacionales, como
los ha incumplido Argentina, lo que correspondería es que tal
Estado respondiera ante la comunidad internacional. Si hay un
convenio que obliga a la Argentina a formar un tribunal para
juzgar el genocidio cometido en su país y no lo hace, parecería
que este Estado tiene responsabilidades.
Sin embargo, ni siquiera se le está pidiendo eso a Argentina
desde España o desde los tribunales extranjeros. Se le está
diciendo: ‘Ya que Uds. no lo quieren juzgar y estos son crímenes
internacionales que ofenden a la comunidad internacional,
entonces pretenderemos juzgarlos nosotros’. Como se ve, esto
no constituye ningún “caos” sino una forma de pensar el
futuro ordenándolo para que estos crímenes no queden
impunes.
Cuando España, Alemania o Suecia, por ejemplo, piden la
extradición de militares argentinos o chilenos acusados de crímenes
de lesa humanidad, uno podría pensar que este tipo de
juzgamientos es selectivo. Y que se da desde el primer mundo
hacia el tercero y que no actuarían de igual modo si los
acusados fueran estadounidenses, por ejemplo. ¿Es esto una
“Justicia colonialista”?
La justicia de los poderosos es la que ha habido hasta
ahora. Los tribunales que se han formado los han formado los
poderosos, con toda la legitimidad -en algunos casos clarísima-.
Pero quienes han creado los tribunales, han sido siempre los
vencedores.
Sin embargo, este tipo de Justicia en manos de cualquier
estado comprometido con el sistema de Naciones Unidas hace
posible que cualquier país del mundo, cualquiera sea su
fortaleza o debilidad, la ejerza en función de principios jurídicos
supranacionales. El tema es ejercerla.
En el futuro, en tanto, tribunales de Argentina, México o el
Paraguay, de acuerdo con normas internacionales tendrían que
poder juzgar a (el presidente de Estados Unidos George) Bush,
por ejemplo. Otra cosa será la correlación de fuerzas. Fíjese
qué hay de colonialismo y cómo se intenta opacar la
realidad. Por eso es muy importante darse cuenta de que esto
es una señal hacia el futuro.
Refugio
¿Qué perspectivas abre la extradición de Ricardo Cavallo a
España?
Nosotros tenemos la convicción de que en estos siete años
de lucha la idea de que estos tipos de criminales no puedan
andar libremente por el mundo se ha impuesto definitivamente.
Va a ser muy difícil pensar que personajes como (el ex
dictador chileno Augusto) Pinochet o como Cavallo puedan
andar libremente por el mundo sin que nadie los toque.
Este efecto produce también algo patético: el único refugio
que tienen los que cometen estos crímenes son sus propios países.
Cavallo fue detenido en el momento en que iba a huir para
Argentina como único lugar en el que estaba tranquilo y esto
debe llevar la reflexión sobre las leyes que se han dictado y
que protegen a este tipo de criminales.
En los “juicios de Madrid”, ¿cuántos militares
argentinos hay involucrados en total? ¿Cuántos podrían ser,
entonces, los pedidos de extradición que lleguen próximamente
a la Argentina?
Hay una causa de más de 200 personas imputadas. Tenemos
unas 120 personas procesadas. Ya se enviaron en su momento 48
pedidos, que ahora hemos solicitado que se reenvíen y que son
46 porque hubo dos fallecimientos. Hay otros 18 imputados que
en su momento se pidieron y que fueron rechazados por el
gobierno de (Fernando) De la Rúa. En uno de esos envíos,
en la provincia de Santa Fe, el juez que tomó el caso decidió
en el sentido de anular las leyes de Punto Final y Obediencia
Debida. Por tanto, ha tenido un efecto importante el hecho de
que se pensaran esas extradiciones.
¿Qué postura cree Ud. que tomará el gobierno de Néstor
Kirchner con respecto a este tema?
Confiamos absolutamente en que este gobierno va a tener la
única actitud que se puede tener. Con este tema de los crímenes
de la dictadura se ha violado una y otra vez la legalidad
argentina y la legalidad internacional, y esto es vergonzoso.
Con las leyes, con los indultos, con el decreto de (el ex
presidente Carlos Saúl) Menem en su momento, con el de De
la Rúa. El gobierno lo que tiene que hacer es cumplir con los
tratados que tiene con España. Por tanto, cuando llegue el
pedido, que decida la justicia. Nada más que eso estamos
pidiendo.
Entonces, ¿Ud. considera que es imprescindible la derogación
del decreto 1581/01 que rechaza de plano cualquier solicitud
de extradición por crímenes cometidos durante la dictadura?
Derogar el decreto significaría reestablecer las cosas.
Si la Justicia decide extraditarlos en algún momento,
entonces el gobierno tiene las potestades que le da el tratado
para no extraditarlo. Lo que sí creo es que lo que anuncia la
derogación del decreto 1581 es la anulación de las leyes de
Punto Final y Obediencia Debida. Es un proceso irreversible.
Se ha avanzado enormemente en la persecución de estos crímenes
gracias al esfuerzo hecho por los tribunales extranjeros y a
lo que se ha hecho internamente; hay muchos juzgados en todo
el país que han declarado la nulidad de las leyes; hay
militares detenidos por esta causa, el problema es que no se
los puede juzgar hasta tanto no se anulen estas leyes.
Hay medidas promisorias en este gobierno que preanuncian esto.
De otra manera, pongámonos en la foto el primer o segundo
trimestre del año que viene, con dos militares argentinos
siendo juzgados en otro país por crímenes cometidos contra
decenas miles de argentinos. Es realmente patético.
[i]
Ver artículo publicado por el ex ministro de Justicia
argentino, Raúl Granillo Ocampo, en Clarín del 11/08/03:
“La Argentina no tiene una Justicia de segunda”.
[ii] Idem i.
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